TABACALERA CONDENADA POR DAÑOS AL CONSUMIDOR
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la prescripción de la acción contra una empresa tabacalera y reconoció su responsabilidad por incumplir el deber de información sobre los riesgos del consumo de tabaco.
En la causa Expte. N.º 79565/2015 - “S, D c/ Massalin Particulares S.A. s/ daños y perjuicios”, la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó la sentencia de primera instancia que había declarado prescripta la acción promovida por un consumidor contra una empresa tabacalera. El Tribunal sostuvo que el plazo de prescripción comienza cuando el daño se consolida y la persona adquiere conocimiento efectivo de la lesión sufrida, criterio especialmente relevante en enfermedades derivadas del consumo prolongado de tabaco. Asimismo, consideró acreditado el incumplimiento del deber de información por parte de la empresa demandada, atribuyéndole responsabilidad por los daños ocasionados al consumidor. En consecuencia, reconoció la procedencia de distintos rubros indemnizatorios, entre ellos el daño moral, los gastos futuros y el tratamiento médico necesario. No obstante, rechazó el reintegro del dinero destinado a la compra de cigarrillos, al entender que dicho reembolso implicaría un enriquecimiento sin causa, dado que el producto fue efectivamente consumido. El fallo también desarrolla criterios sobre la aplicación del daño punitivo dentro del marco de las relaciones de consumo, reforzando la protección de los derechos de los consumidores frente al incumplimiento de los deberes legales de información por parte de los proveedores.